19 / 01 / 2011
Actualidad

Una ley que beneficia a los herederos de Kirchner

CURIOSA LEGISLACIÓN EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Una ley que beneficia a los herederos de Kirchner

El 24-12-2010 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires la Ordenanza Tarifaria para el año 2011. Y perdido entre sus 140 artículos está el Artículo 78 que dice: 

“Disponer la extinción de pleno derecho de las deudas devengadas hasta el 31 de diciembre de 2010 inclusive, por la aplicación del impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes.”

La ley es sólo para el caso de muertes en el año 2010, pero lo más llamativo, es que para el año 2011 casi duplican las tasas y quitan el mínimo no imponible para este impuesto.

De todo esto, surgen algunos detalles sumamente sugestivos, como por ejemplo: 

 1) En cuanto al Impuesto a la Transferencia Gratuita de Bienes hasta antes de la modificación, entra al siguiente link, que es muy claro y conciso.

2) En lo que respecta a las tasas aplicables, hasta el 2010 son las siguientes:

Ley PBA 14044  

Art. 117 - En el marco del impuesto a la transmisión gratuita de bienes, Título IV bis del Código Fiscal -L. 10397 (t.o. 2004) y modif., se establece a los efectos del pago del presente gravamen las siguientes escalas de alícuotas:

 

3) Las tasas a partir del 2011 son:

Ley PBA 14200

Art. 71 - Sustituir el artículo 117 de la ley 14044 y modificatorias, por el siguiente:

“Art. 117 - En el marco del impuesto a la transmisión gratuita de bienes, Título IV bis del Código Fiscal -L. 10397 (t.o. 2004) y modif., se establece a los efectos del pago del presente gravamen las siguientes escalas de alícuotas:

3) Además, y como si fuera poco, para el año 2011 se elimina la exención para cuando  los bienes no superen los $ 3.000.000. O sea, a partir del 2011 pagan todos, independientemente de los montos. El texto anterior derogado decía:

Ley PBA 14044

Art. 106 - Están exentos del impuesto:

La transmisión gratuita de bienes, cuando su valor en conjunto, sin computar deducciones, exenciones ni exclusiones, determinado de acuerdo con las normas del presente gravamen, sea igual o inferior a pesos tres millones ($ 3.000.000). Cuando el valor de dichos bienes supere la mencionada suma, quedará sujeta al gravamen la transmisión gratuita de la totalidad de los bienes.

Por último, el detalle más llamativo Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner tienen domicilio en Provincia de Buenos Aires.

Néstor murió el 27-10-2010, en consecuencia, se abre la sucesión según en el día de su muerte, —que como todos sabemos fue en el año 2010— sobre todos los bienes que están a su nombre y declarados.

La tasa para el 2010 (antes de sancionar la nueva ley, por supuesto) era del 5 al 7% sobre los bienes de sucesión.

Por lo tanto, para el caso de Néstor Kirchner los cálculos deberían haber sido:

Año 2010 - Patrimonio s/ DD JJ Aprox. $ 70.000.000

Hasta  $ 10.000.000 Cuota Fija: $525.000

Excedente: $ 60.000.000 x 6%: $ 3.600.000

TOTAL:  $ 4.125.000

 Pero curiosamente, con la nueva ley sancionada que contempla solo a las sucesiones de los fallecidos en 2010, los herederos de Néstor no deberán pagar absolutamente nada, en cambio, las posteriores a 2010, como se puede apreciar, sufren un sustancial aumento.

 

Pablo Dócimo

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Comentarios: RSS de este artículo

Roberto Weber
19 de Enero de 2011

Todo muy lindo el artículo, pero las sucesiones se tramitan en la jurisdicción en donde se produjo el fallecimiento del causante.
En este caso sería en Río Gallegos, mejor sería conocer la legislación de allá.-
______________________________

PEDRO DE MENDOZA
19 de Enero de 2011

SEÑOR WEBR, NO DIGA ESTUPIDECES.
LA SUCESION SE HACE SEGUN EL DOMICILIO DEL FALLECIDO.
IMAGINESE QUE HUBIERA MUERTO EN AFRICA, HABRIA Q IR HASTA ALLA PARA HACER EL TRAMITE SUCESORIO?
SI VA A DECIR ALGO, PRIMERO INFORMESE.

Roberto Weber
19 de Enero de 2011

Pedro de Mendoza, nunca hiciste una sucesión.

Alejandro Paolillo
19 de Enero de 2011

Tiene razón Pedro de Mendoza, la sucesión se hace donde tiene domicilio el fallecido.
El Codigo Civil lo dice, no yo.

PEDRO DE MENDOZA
19 de Enero de 2011

WEBER, HICE DOS, SE V Q EL NUNCA HIZO UNA FUE USTED...
ES MAS, MI PDRE FALLECIO EN GUALEGUAYCHU, Y VIVIA EN CAPITAL.
LO UNICO QUE NECESITE DE GUALEGUAYCHU FUE EL CERTIFICADO DE DEFUNCION, ASI Q INSISTO, SI NO SABE, NO DIGA ESTUPIDECES.

NEMESIS
19 de Enero de 2011

SI ARGENTINA SIGUE ASI, EN CUALQUIER MOMENTO SEREMOS COMO HAITI, EL PAPA DIFUNTO NESTOR, SU VIUDA Y SUS HIJOS, LOS DUEÑOS ABSOLUTOS DE TODO..COMO SE RIEN DE TODOS LOS ARGENTINOS.

Faltapoco Paralakaida
19 de Enero de 2011

Tranquilos muchachos, que importa la herencia?. Lo importante que ese delincuente no jode mas. Se imaginan si viviera como estaria rosqueando y jodiendo por las elecciones? Ya sé, dejo a su cria maldita que sigue jodiendo, pero el cosechó lo que sembró. Tanto amenazaba con "tengo tu carpeta" que Dios, al final, tenia la de él.
Que Dios lo tenga en la Gloria..... y no lo suelte nunca mas...

ellaopina
19 de Enero de 2011

Bueno en términos generales se que la sucesión se hace en el lugar donde el causante tiene el domicilio, precisamente, Kirchner falleció en Río Gallegos, pero vivía en Capital.. Por lo tanto, calculo que la sucesión se hace ahí en Buenos Aires. No sé si había fijado domicilio en Río Gallegos, pero según tengo entendido, la sucesión se hace en el lugar de residencia, que era Buenos Aires.

ellaopina
19 de Enero de 2011

éstos no dan puntada sin hilo.-

maritsa
19 de Enero de 2011

bueno, esto es un indicio más de que se pegó un tiro

Pedro
20 de Enero de 2011

Yo tuve que hacer una sucesiònenprovincia de Buenos Aires en el 2010.
Los montosque retuvo el Escribano fueron casi el 6% del total (aparte de honorarios y otros gastos).
¿Què pasa con lo que ya paguè?
¿Me lo van a devolver?
¿O tengo que embromarme por haber hecho las cosas como marca la ley?

Rey CARLOS
20 de Enero de 2011

Los KK (siempre huelen mal)

Guille
20 de Enero de 2011

Neshhhtor...VOLVE !!!!!!!!!!!


Te olvidaste a KRISHHTINA!!!!!!

Pablo
20 de Enero de 2011

Corrijo a ELLAOPINA:
El domicilio de NK es en la Provincia de Buenos Aires. No nos olvidemos que en el 2009 fue elegido diputado por la Provincia.
CFK tambièn tiene domicilio en Provincia de Buenos Aires: en 2005 fue electa Senadora por dicho Distrito.
Sin duda se aplica la legislaciòn de la Provincia de Buenos Aires

José
20 de Enero de 2011

Los impuestos de tasa tributan en las dos jurisdicciones, en el de la sucesión, y el de donde están los bienes, ara el caso, por ejemplo:

1) Una mesa de dinero en NY: Capital: 1.800 millones de dolares

2) Dinero por 600 millones de dolares en Suiza

3) Inmuebles (ex fiscales,hoy "Kakales") en Santa Cruz por 30 millones de dolares

4) Inmuebles en la C de buenos aires, por 1,4 millones

5) Bienes muebles de Cristinita (1500 pares de zapatos, 700 vestidos, 876 carteras Louis Buitton, 30 relojes, 2 kilos de alajas, etc. etc) otro platal

6) Intereses y otros lucros por inmuebles: 2 millones de pesos

Fuera de la Sucesión:

Acciones en: Midlin, Telecom, Pan Amércian Energy, Cristobal Lopez Group, Electroingeniería, etc. etc

CALCULE EL PUEBLO LO QUE HA LATROCINADO LA BANDA DE FORAJIDOS...

Carlos
20 de Enero de 2011

Para mi, esto abona aun mas la teoría de la muerte fingida, fue todo perfectamente calculado. Limpio de culpa y cargo, se sacó los pesados de encima, le limpió el camino hasta el final del mandato a Cristina (que ni sabe donde esta parada) y le pasó el sambenito a los perejiles, GRANDE NESTOR.

Milón de Crotona
21 de Enero de 2011

Así como Perón, con argucias pseudolegales incorpora desde 1946 cuantiosos bienes al patrimonio de Eva Duarte --indigente hasta 1944--, de la misma manera, en julio de 1954, el mismo Perón hace votar una ley a sus legisladores en el congreso, eximiendo del pago de derechos sucesorios, a todos los cuantiosos bienes de su difunta esposa dispersos por el mundo. Previamente, se había auto instituido como curador y único heredero. Como se vé, esto no es nuevo y sirve para confirmar, ratificar y poner en evidencia la voracidad y codicia de los gobiernos totalitarios que aufemísticamente suelen auto proclamarse como campeones de la "justicia social".

Como dicen en los titulares del cine de ficción: "Cualquier semejanza con la realidad, es mera coincidencia..."

Tato de Balvanera
21 de Enero de 2011

Grande scioli, hizo su parte.

Robertao
01 de Febrero de 2011

Grande Scioli, hasta el final le diste una mano

RAUL de Gral.J.de S.Martin( Chac)o
03 de Febrero de 2011

Podría decir muchas cosas, pero no alcanzaria el margen que tengo para escribir, solamente decir CARADURAS, SINVERGUEZAS, se la dan de populistas y defienden a los pobres, pero la justicia divina ya castigó a uno, pero me gustaria que algun dia la justicia terrenal pueda castigar a estos y a todos los que se "avivan" co n bienes del estado.Gracias por permitirme expresarme

Raul de Gral.J.de S.Martín(Chaco)
03 de Febrero de 2011

Estos personajes y los que consienten a ellos que se haces llamar de izquierda, me gustaria saber si reparten un poco de lo que ganan. Son de izquierda de la lengua y del bolsillo PARA AFUERA, son pateticos y dan verguenza

Jorgelina KG
05 de Febrero de 2011

La sucesion se hace en primera instancia en el lugar deldomicilio del fallecido, A NO SER q se solicite de comun acuerdo de los q la inician q se radique en otro lugar. Yo estoy tramitando una sucesion de un fallecido q vivia en Avellaneda, y la iniciamos en Quilmes con previa solicitud al juez...

Dr. Antonio Buda
05 de Febrero de 2011

Lo más preocupante para mi más alla de algun tipo de acto de corrupcion, es ver el nivel de odio que contienen los mensajes en uno y en otro sentido, con estos niveles de odio no maduran las sociedades.-

osvaldo
08 de Febrero de 2011

PEDRO, tenés que reclamar que te lo devuelvan, pues si la ley terminó reglamentandose efectivamente para 2011 no se aplica para atrás. Mi teléfono es 1540862303. Abogado.

Maria E.
01 de Marzo de 2011

¿Alguien sabe el número del Boletín Oficial o el número de Ordenanza? Lo quise buscar en la web de la provincia de Buenos Aires pero no permite buscar por fecha.
Gracias!!!

Carlos Guevara
16 de Abril de 2011

Algien me podria explicar, yo inicie la susecion de mi padre, que fallecio el 21/02/2010 y la abogada me dice, que igual tengo que pagar la tasa judicial, si me explica algien como, es el tema, maxime que ya saliola declaratoria de herederos bajo el N° receptoria 5642 N° de causa 2585 fecha 26/11/2011, si la ley dice Disponer la extincion de pleno derecho de las deudas devengadas hasta el 31/12/2010inclusive,por la aplicacion del impuesto a la trasmicion gratuita de bienes. Me podrian si tengo que pagar ese imuesto desde ya muchas gracias me gustaria me manden un mail explicandome si esa bien, lo que dice la Abogada.

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