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Sr. Fiscal Federal:
Luis Ángel D´Elía, por mi propio derecho, con el patrocinio letrado del Dr.
Belisario J. Otaño Moreno, juntamente con quien constituyo domicilio en la calle
Del Carmen 739, de esta ciudad de Buenos Aires, a los efectos de la causa N°
3830 que se instruye a raíz de mis dichos, me presento y, como mejor proceda en
derecho, expreso (...) que, en los términos del artículo 174 y siguientes del
Catálogo Aplicativo, acudo a incoar formal denuncia contra el Dr. Eduardo
Alberto Duhalde, cuyos demás datos desconozco, por cuanto todo lo que a
continuación expondré da cuenta que el nombrado se hallaría incurso en las
previsiones del artículo 7 de la ley 23.737, en concurso real con el artículo
210 del Digesto Represivo. Es más que obvio que el imputado Duhalde, para
cometer la enormidad que le enrostro, necesariamente debió contar con la
connivencia de una serie de partícipes cuyos datos surgirán de la investigación
HECHOS
Ha concitado la oficiosa intervención del Sr. Fiscal las
manifestaciones que, personalmente, formulara respecto a las supuestas
actividades ligadas al narcotráfico del incuso.
Pues bien, lo que he dicho sobre el particular –y que sin ambages ratifico-
no es más ni menos que aquello que es de público y notorio conocimiento y que ha
sido objeto de una muy bien documentada bibliografía. Concretamente e refiero a
los trabajos investigativos realizados por el Sr. Hernán López Echagüe (“El
Otro”, Grupo Editorial Norma, marzo de 2002); Sr. Daniel Otero (“El Entorno”, Ed.
Nuevohacer, septiembre de 1997) y Roman Lejtman (“Narcogate”, Ed. Apóstrofe),
sólo por mencionar algunos.
La bibliografía comentada sin dudas será la impronta que guiará la titánica
pesquisa que, sin prisa pero sin pausa, deberá transitar el Sr. Fiscal en aras
de verificar el extremo enrostrado.
Es del caso señalar que también existe un informe de la DEA (Drug
Enforcement Administration), realizado a propósito del denominado escándalo del
“Narcogate” que obra en poder del Magistrado español Dr. Baltazar Garzón y que
gira en torno a la vinculación del imputado con el tráfico de estupefacientes.
El origen de dicho informe está muy bien contado en el libro de López
Echagüe: “...pero el festín de la Aduana habrá de durar poco tiempo. No serán
las fuerzas de seguridad argentinas ni los organismos pertinentes lo que dirán
basta a semejante desbarajuste aduanero. Será una revista española, Cambio 16,
en marzo de 1991, la que pondrá al descubierto el sutil mecanismo del lavado de
narcodólares que, desde la asunción del coronel sirio en la Aduana de Ezeiza,
habría sido llevado a cabo por un triunvirato de notables: Ibrahim, Amira y
Mario Caserta, director de Agua Potable y fiel amigo de Duhalde. El pánico se
apoderó de la familia presidencial y, desde luego, de Duhalde y sus hombres.
Zulema Yoma estimará conveniente eludir el uso de cualquier elipsis: “Si quieren
saber sobre drogas, pregúntenle a Menem o a Duhalde”. Amira renunciará. Caserta
será detenido y procesado por el delito. Duhalde argüirá que jamás ha visto a
Ibrahim y el sirio solicitará a la justicia que se cite a declarar al Ronco
Lence y a Bujía, que no concurrirán al juzgado. Lence, porque a la jueza Servini
de Cubría se le antojará un despropósito hacerle perder el tiempo a un
empresario tan atareado, y Bujía, el infortunado Bujía, porque ha muerto de
manera inesperada: el 16 de marzo de 1991 (diez días después de haberse tornado
público el Narcogate), embestido por una camioneta mientras él avanzaba a
contramano a bordo de una moto por la mismísima calle donde se alza la
intendencia de Lomas de Zamora. Sin embargo, presa de íntimos temores, Duhalde
tomará el teléfono y llamará al juez Baltazar Garzón, a cargo de la
investigación, y esgrimiendo excusas inverosímiles procurará conocer su
situación en el expediente. Fastidiado ya de las intromisiones de los políticos
argentinos, el juez sólo replicará: Duhalde, yo sé que clase de hombre es
usted.... y cortará la comunicación. Lleno de angustia, el vicepresidente de los
argentinos imaginará que sobre el escritorio de Garzón descansa
(...) P
Respecto a esto último, y como dato de color, se destaca la inédita causa
iniciada al Comisario Claudio Smith, en la que se encuentra procesado por
obstruir la acción de la justicia de modo que pudieran levantarse a tiempo
aguantaderos y un laboratorio de drogas en las villas de Lomas de Zamora. A la
sazón, el mentado Smith, es el jefe de la custodia personal de Hilda González de
Duhalde.
La autoridad policial interviniente resultó ser el titular de la División
Narcotráfico de Mar del Plata, Comisario Hermes Acuria, dependiente de la
División Narcotráfico de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, en ese
entonces a cargo del Comisario Pedro Klodkcyck.
El comentario de la causa reseñada no sería útil si no adelantara que las
escuchas comprometían seriamente al Dr. Duhalde.
Dada la importancia que revestía la información, el entonces Juez Petiggiani
mantuvo diversas reuniones con Duhalde y con colaboradores directos de éste,
oportunidades en las que los impuso del contenido de la investigación.
Como resultado de las reuniones mantenidas la causa fue archivada, el Dr.
Petiggiani fue nombrado Secretario de Seguridad de la provincia de Buenos Aires
y el Comisario Klodkcyck promovido al cargo de Jefe de la Policía de la
Provincia de Buenos Aires (todo ello durante el período en el que Duhalde
ostentara el cargo de Gobernador de la provincia de Buenos Aires).
Cuento además con el testimonio de una larga lista de personas que,
desinteresadamente, han ofrecido su participación en las presentes actuaciones,
aportando datos de suma importancia para la corroboración de mis dichos.
Se trata de testigos que de manera directa o indirecta saben de la
existencia del siniestro Cartel que dirige, organiza y financia el Dr. Duhalde,
como así también los nombres de sus cómplices tanto en el país como en el
extranjero.
(...)
Respuesta: Ratifico absolutamente mis dichos tal cual han sido reproducidos
en la pregunta.
Para que diga si puede individualizar en concreto las personas que conforman
" el cartel de la droga " a que ha hecho referencia en esa entrevista y que
actividades desarrolla cada una de ellas.
Respuesta: Sin dudas el principal imputado es el Dr. Duhalde. El Sr. Fiscal
ya podrá aquilatar con certeza que el nombrado cuenta con una inextricable red
de corrupción política y policial en la que cada personaje desempeña un rol
determinado. A su turno el Sr. Fiscal podrá cotizar las declaraciones de los
testigos que oportunamente se propondrán, y que aportarán los elementos
suficientes que templarán el temperamento del instructor.
a) Testimoniales:
Considero imperativo para el éxito de la investigación que se escuche a las
siguientes personas:
-Hernán López Echagüe, periodista, autor del libro “El Otro”, cuyo
domicilio es un misterio, dado que se encuentra exiliado en algún lugar de la
República Oriental del Uruguay.
-Roman Lejtman, periodista y escritor, autor del libro “Narcogate”, con
domicilio en la calle Malabia
-Horacio Verbitsky, periodista y escritor,
ha investigado numerosas aristas que han servido de guía a mi denuncia.
Seguramente aportará datos importantes y señeros.
-Zulema Yoma, ama de casa, ex primera dama, autora de la frase “si quieren
saber sobre la droga, pregúntenles a Menem y a Duhalde”.
(...)-Christian Sanz, periodista y autor de importantes libros de
investigación. Recientemente ha publicado una nota referida al tema que nos
ocupa, en el periódico digital Tribuna de Periodistas.
COLOFÓN
Recurro al genial Nicolás Machiavello, para advertir al Sr. Fiscal sobre el
particular perfil de la siniestra personalidad del Dr. Duhalde, y que cobra
actualidad en la siguiente frase: “
Es por todo lo expuesto que someto a la consideración del Sr. Fiscal el
siguiente
PETITORIO
1)
Tenga por presentada la denuncia que me trae y, en su consecuencia, se
ordene la instrucción de las pertinentes actuaciones.
2)
Tenga por contestado el interrogatorio que oportunamente me hiciera
llegar en los términos del artículo 250 del Digesto Realizativo.
3)
A su tiempo se practiquen las probanzas propuestas y se tenga presente la
reserva de continuar aportando elementos de convicción.
4)
Oportunamente se condene al Dr. Duhalde y a sus cómplices al máximo de
las penas previstas en el ordenamiento punitivo vulnerado.
Provea de conformidad que así Afianzará la Justicia.